Hacienda, obligado a devolver dinero a jubilados: cómo reclamar hasta 4.000 euros

Las compensaciones se harán ahora de forma anual a través de la declaración del IRPF

Alicia Romero | 31/01/2025

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la Agencia Tributaria (AEAT) aplicó cotizaciones incorrectas a miles de jubilados, lo que ha provocado que muchos de ellos cotizaran más de lo debido. Este error afecta principalmente a quienes contribuyeron a mutualidades laborales antes de la creación de la Seguridad Social en la década de 1960.

Las devoluciones, que en algunos casos pueden alcanzar los 4.000 euros, ya habían comenzado el año pasado, pero Hacienda ha modificado el procedimiento: en lugar de realizar un pago único, las compensaciones se harán de forma anual, coincidiendo con los plazos de la declaración del IRPF.

NUEVO PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN

Hasta 2024, los afectados debían rellenar un formulario en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, y tras la validación de los datos, la devolución se realizaba en un solo pago. Sin embargo, a partir de ahora, las solicitudes presentadas y no resueltas antes del 22 de diciembre de 2024 quedarán sin efecto.

Esto no significa que los jubilados pierdan el derecho a reclamar, sino que las devoluciones se realizarán anualmente dentro del período correspondiente a la declaración del IRPF.

Según el artículo 66 de la Ley 58/2003, el plazo de reclamación es de cuatro años, por lo que actualmente solo pueden solicitarse las devoluciones de los ejercicios fiscales de 2021 y 2022.

¿QUÉ JUBILADOS PUEDEN SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN?

Las devoluciones afectan a pensionistas que, en su momento, cotizaron a mutualidades laborales de sectores como la banca, la pesca, la construcción y los astilleros.

Estos trabajadores tenían derecho a reducciones fiscales en su base imponible:

  • 100 % hasta el 31 de diciembre de 1966.
  • 25 % entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978.

Sin embargo, debido a un error administrativo, se les aplicó una cotización íntegra del 100 % en ambos periodos, lo que generó un exceso de cotización que ahora Hacienda debe devolver.

Los más beneficiados por la sentencia del Tribunal Supremo son los jubilados que cotizaron a la Mutua Laboral de la Banca, cuyo derecho a ser compensados ha sido reconocido. Hacienda está obligada a regularizar las cantidades cobradas de más antes de que finalice el año.

CÓMO SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN A PARTIR DE 2025

A partir de 2025, las devoluciones del IRPF deberán gestionarse de forma anual a través de la aplicación Renta Web, disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

El calendario de solicitudes es el siguiente:

  • 2025: Se podrán reclamar las devoluciones del ejercicio fiscal 2019 y de los periodos anteriores que no hayan prescrito.
  • 2026: Se habilitarán las devoluciones correspondientes al IRPF de 2020.
  • 2027: Solo podrán solicitarse devoluciones del ejercicio 2021.
  • 2028: Se gestionarán las devoluciones del IRPF de 2022.

Para presentar la solicitud, los mutualistas deberán acceder a la Sede Electrónica de la AEAT y completar el formulario correspondiente dentro del periodo voluntario del IRPF. La identificación podrá realizarse mediante Cl@ve PIN, certificado digital, DNI electrónico o número de referencia de la declaración del año anterior.

En principio, no será necesario aportar documentación, aunque Hacienda podría requerir información adicional en algunos casos. El estado de la solicitud podrá consultarse en la misma Sede Electrónica.

PLAZOS Y RECLAMACIÓN DE INTERESES DE DEMORA

Las nuevas solicitudes podrían generar cierto retraso en los pagos, pero los mutualistas deben saber que las solicitudes presentadas antes del 22 de diciembre paralizan el plazo de prescripción, lo que garantiza que las devoluciones se efectúen.

Si Hacienda no cumple con los plazos establecidos, los afectados podrán reclamar intereses de demora, calculados al 4,0625 % anual para 2025. Este interés se aplicará desde la fecha de presentación de la solicitud de rectificación, ajustándose proporcionalmente al tiempo transcurrido si la devolución se realiza en menos de 12 meses.

Sentimiento general

Si te equivocas de voto, puedes desmarcarlo volviendo a hacer clic en el voto erróneo.
0
Comentarios

Hola!, escribe un comentario para esta noticia.Comentar


Lo más visto de la semana
Lo más comentado de la semana