¿Cómo quedarían los sueldos con el nuevo convenio de Hostelería de Baleares?

El sindicato UGT propone un aumento del 8,5% mientras que CCOO pide un 7%

Penélope O. Álvarez | 10/02/2025

El actual convenio colectivo de hostelería de Baleares caducará el 31 de marzo de 2025, por lo que este mes han comenzado las negociaciones para establecer un nuevo acuerdo que regirá las condiciones laborales del sector.

La Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM) constituyó el pasado jueves la mesa negociadora, donde se debatirán aspectos clave como la subida salarial, la reducción del absentismo injustificado y la reducción de la jornada laboral a 35 o 37,7 horas, una de las principales reivindicaciones de los sindicatos.

PROPUESTAS SALARIALES DE LOS SINDICATOS

Los sindicatos han planteado diferentes propuestas de incremento salarial:

  • UGT exige una subida del 8,5%.
  • CCOO reclama un incremento del 7%.

Ambos sindicatos también han solicitado:

  • Ampliar el periodo de trabajo garantizado para los fijos discontinuos.
  • Incluir medidas contra el estrés térmico.
  • Mejorar la medición de cargas laborales, especialmente para camareras de piso y personal de cocina.

ESTRUCTURA SALARIAL Y CATEGORÍAS PROFESIONALES

El convenio colectivo de hostelería en Baleares establece seis niveles retributivos, agrupando diferentes categorías profesionales según la responsabilidad y el tipo de funciones que desempeñan:

  • Nivel I: Personal de alta responsabilidad, como jefes de recepción, jefes de cocina, jefes de comedor y encargados generales de pisos y limpieza.
  • Nivel II: Supervisores y coordinadores, como segundos jefes de cocina y comedor, mayordomos de pisos e interventores.
  • Nivel III: Personal técnico y administrativo especializado, como recepcionistas, contables y especialistas en dietética.
  • Nivel IV: Oficiales y profesionales con experiencia, como cocineros, fontaneros, electricistas y camareros.
  • Nivel V: Ayudantes y personal en formación, como auxiliares administrativos, telefonistas y ayudantes de cocina.
  • Nivel VI: Personal auxiliar y de apoyo, como fregadores, botones y limpiadores.

Además, los establecimientos se clasifican en tres categorías según su nivel de servicio:

  • Categoría A: Hoteles de 4 y 5 estrellas, restaurantes de 4 y 5 tenedores, apartamentos de lujo y discotecas de lujo.
  • Categoría B: Hoteles de 2 y 3 estrellas, cafeterías de 2 y 3 tazas, restaurantes de 1 a 3 tenedores y servicios de catering.
  • Categoría C: Hoteles de 1 estrella, hostales, pensiones y bares de tercera categoría.

¿CÓMO QUEDARÍAN LOS SALARIOS CON UNA SUBIDA DEL 8,5%?

Si se aplicara la subida del 8,5% propuesta por UGT, los salarios base de los trabajadores del sector aumentarían proporcionalmente.

Por ejemplo, en el Nivel I, el salario base mensual pasaría de 2.095,36 euros a 2.273,47 euros en la Categoría A, mientras que en la Categoría C aumentaría de 2.033,17 euros a 2.205,99 euros.

En el Nivel III, que engloba a recepcionistas y técnicos administrativos, los sueldos se incrementarían hasta alcanzar 1.962,72 euros mensuales en la Categoría A y 1.897,69 euros en la Categoría C.

Los trabajadores del Nivel VI, que incluye a limpiadores y botones, verían sus salarios pasar de 1.463,81 euros a 1.587,94 euros mensuales en todas las categorías.

Estos valores representan los salarios brutos antes de aplicar retenciones fiscales y cotizaciones a la Seguridad Social.

EJEMPLOS DE SUELDOS SEGÚN CATEGORÍA Y NIVEL

Aplicando el incremento del 8,5%, algunos sueldos quedarían de la siguiente manera:

  • Jefe de cocina en un hotel de 5 estrellas (Nivel I - Categoría A): 2.273,47 euros mensuales / 27.281,64 euros anuales.
  • Recepcionista en un hotel de 3 estrellas (Nivel III - Categoría B): 1.930,77 euros mensuales / 23.169,24 euros anuales.
  • Camarero en un restaurante de 1 tenedor (Nivel IV - Categoría C): 1.765,80 euros mensuales / 21.189,60 euros anuales.
  • Ayudante de cocina en un hotel de 4 estrellas (Nivel V - Categoría A): 1.689,56 euros mensuales / 20.274,72 euros anuales.
  • Limpiador en un hostal (Nivel VI - Categoría C): 1.587,94 euros mensuales / 19.055,28 euros anuales.

Cabe recordar que estos salarios no incluyen complementos salariales como antigüedad, nocturnidad, desplazamiento o propinas, que pueden aumentar significativamente la retribución total.

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Comentarios

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  • Hankelong - 10 de Febrero de 2025 a las 18:21
    Los que trabajan en hostelería se merecen mucho más, es sacrificado, sobretodo los que no cierran en invierno, tendria que haber dos partes los de todo el año y los que trabajan 7 meses hay mucha diferencia
    Responder
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